Ayudas a la creación de empresas del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz

Posted by aclimaadmin | 20/06/2017 | Ayudas y subvenciones

Quién

Empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica que ejerzan una actividad mercantil y que cumplan los requisitos de la convocatoria.

Plazo

Año 2017: plazo de presentación de solicitudes del 1 al 30 de junio.

Acciones y gastos subvencionables

Ejecución de proyectos e inversiones realizadas por empresas de nueva creación (alta en IAE posterior al 1 de julio de 2016).
Gastos de constitución.
Gastos de puesta en marcha.
Inversiones en elementos de activo fijo nuevo.
Los proyectos presentados deberán tener una inversión subvencionable mínima de 5.000 €.
Subvención máxima del 40% con un limite de 8.000 € por empresa beneficiaria y año.
Documentación

Anexo I: Impreso de solicitud de ayuda y declaración jurada pdf.
En caso de persona física: fotocopia del DNI.
En caso de persona jurídica: fotocopia del CIF, de las escrituras de constitución de la empresa, del DNI de la persona representante y del poder de representación.
En caso de tener personal asalariado: TC2 del último mes.
En caso de no tener personal asalariado: recibo del pago de autónomos, del último mes.
Plan de empresa.
Para registro de marcas: copia de la solicitud ante la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas).
Copias de facturas.
Fotocopia del contrato de leasing y copia de las cuotas (diferenciando amortización, intereses e IVA), en el caso de compra mediante esta fórmula.
Justificantes bancarios del pago de las facturas presentadas.
Normativa

Convocatoria pública y bases reguladoras del programa municipal de ayudas económicas para el apoyo a la creación de empresas en el término municipal de Vitoria Gasteiz, año 2017.
Bases generales reguladoras de la convocatoria de subvenciones del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para el año 2017.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones pdf.
Tramitación

Tramitación presencial
En las Oficinas de Atención Ciudadana.
En las oficinas de San Martín.
Tramitación online Atención online
A través del Registro electrónico.
Requisitos para operar en el Registro electrónico:

Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital (no son válidas las tarjetas de empresa).
Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.
Observaciones

Si las solicitudes de subvención no reúnen los requisitos exigidos en las presentes bases, o no se acompañara a la misma la documentación exigida, se requerirá a las personas interesadas para que, en un plazo de 10 días, subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hicieran, se las tendrá por desistidas de su petición.
Tendrán la consideración de gastos subvencionables, las facturas correspondientes al período comprendido entre el 1 de julio de 2016 y el 30 de julio de 2017, en los conceptos recogidos en la convocatoria.
La fecha límite para la presentación de justificantes de pago de facturas será el 30 de agosto de 2017.
Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informa que los datos personales que Vd. nos proporciona serán incluidos en los ficheros automatizados de datos de carácter personal titularidad de esta entidad, cuya finalidad es la realización de tareas propias de la gestión municipal en el ámbito de sus competencias. Si lo desea puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a las Oficinas de Atención Ciudadana.

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