Ayudas a la Creación de Empresas Innovadoras

Posted by aclimaadmin | 22/01/2018 | Ayudas y subvenciones
Nombre DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 2/2018, de 16 de enero, por el que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2018 del Programa de Creación de Empresas Innovadoras
Organismo convocante Departamento de Desarrollo Económico y Territorial
Plazo de Presentación El plazo de presentación de solicitudes será desde el 1 de febrero hasta las 13:30 horas del 2 de marzo de 2018.
Objeto Constituye el objeto del presente decreto foral aprobar las bases reguladoras y la primera convocatoria de las subvenciones recogidas en el Programa de Creación de Empresas Innovadoras del año 2018, destinadas a fomentar y consolidar la creación de empresas innovadoras en Bizkaia.

Mediante este programa se pretende alcanzar los siguientes objetivos:

  •  Facilitar la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales innovadores, que aporten al tejido empresarial de Bizkaia actividades de diversificación y de nuevas tecnologías, con alto valor añadido y potencial de crecimiento.
  •  Facilitar el acceso de las personas emprendedoras a la información y las ayudas relacionadas con la puesta en marcha de una nueva empresa, canalizando toda la información sobre ayudas, apoyo y acompañamiento necesario para ello
  •  Impulsar el intraemprendimiento a través de procesos estructurados que permitan a las empresas extender sus capacidades mediante la creación de nuevas unidades de negocio, fomentando el talento emprendedor de las personas que conforman la organización.
  •  Acelerar el crecimiento de las empresas en términos de generación de actividad económica mediante el apoyo a proyectos de alto potencial de crecimiento adaptado a sus necesidades concretas.
  •  Desarrollar actuaciones que incidan sobre el contexto social, cultural, económico y del conocimiento, así como sensibilizar en el ámbito académico y en el tecnoló- gico; buscando incrementar la creación de nuevas empresas.
  •  Fomentar la colaboración con los diferentes agentes del sistema de apoyo a la actividad emprendedora y del sistema de innovación y ciencia como elementos motores de nuevas ideas y proyectos susceptibles de convertirse en nuevas empresas innovadoras.

La sociedad pública foral Beaz, S.A.U., prestará asesoramiento a las personas o entidades promotoras apoyadas, en la fase de estudio y puesta en marcha y consolidación de los proyectos empresariales innovadores.

Beaz, S.A.U., contará con la colaboración de Cedemi, Centro de Desarrollo Empresarial Margen Izquierda, S.A.

Personas Beneficiarias 1. Podrán acceder a la subvención de los gastos del grupo 1 (según definición del artículo 4), las siguientes personas y entidades:

  •  Las personas físicas promotoras de nuevas empresas innovadoras.
  •  Las empresas existentes promotoras de nuevas empresas innovadoras.
  •  Las empresas existentes con más de 10 puestos de trabajo a fecha de presentación de solicitud, promotoras de nuevas unidades de negocio, resultado de proyectos de intraemprendimiento diseñados conjuntamente con Beaz, S.A.U.
  •  Las nuevas empresas innovadoras, sin alta en IAE o con primera fecha de alta igual o posterior al 1 de enero de 2016.

2. Podrán acceder a la subvención de los gastos del grupo 2 y 3 (según definición del artículo 4): Las nuevas empresas innovadoras, con primera fecha de alta en el IAE igual o posterior al 1 de enero de 2016, que tengan al menos 2 puestos de trabajo a jornada completa a fecha de presentación de la solicitud.

3. Podrán acceder a la subvención de los gastos del grupo 4 (según definición del artículo 4): Las empresas con primera fecha de alta en el IAE igual o posterior al 1 de enero de 2015, que cumplan los siguientes requisitos:

  •  Tener un proyecto específico de aceleración.
  •  Tener 4 puestos de trabajo a jornada completa a fecha de presentación de la solicitud o una cifra de facturación igual o superior a 100.000 euros en el ejercicio 2017.
  •  Haber obtenido subvención de los gastos equivalentes a los del grupo 2 «gastos de creación de la nueva empresa innovadora» o del grupo 3 «gastos de contratación de una persona tecnóloga o desarrolladora del negocio», en convocatorias anteriores de cualquiera de los programas de ayudas del Servicio de Promoción Empresarial, y esté finalizada la justificación de dichos expedientes.
Hecho subvencionable El desarrollo y definición del proyecto empresarial o de la nueva unidad de negocio en los proyectos de intraemprendimiento, la creación de nuevas empresas innovadoras, la contratación de una persona tecnóloga o desarrolladora del negocio y el desarrollo de proyectos de aceleración de empresas.

Los gastos subvencionables de cada uno de los grupos responden a un orden lógico en la creación y crecimiento de una empresa. Así, los distintos grupos de gasto responden a los siguientes hechos subvencionables:

  •  El grupo 1 de gastos: definición del proyecto empresarial o de la nueva unidad de negocio en proyectos de intraemprendimiento.
  •  El grupo 2 de gastos: creación de nuevas empresas innovadoras.
  •  El grupo 3 de gastos: contratación de una persona tecnóloga o desarrolladora del negocio.
  •  El grupo 4 de gastos: desarrollo de proyectos de aceleración de empresas.
Más Información Boletín Oficial de Bizkaia – BOB – nº 15 – 22 de enero de 2018

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