ORDEN de 31 de mayo de 2017, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regulan y se convocan, para el ejercicio 2017, las ayudas reintegrables destinadas a impulsar la creación y desarrollo de PYMEs de base tecnológica y/o innovadoras. Programa Gauzatu Industria.
Organismo convocante
Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras
Plazo de Presentación
Las empresas que reúnan las condiciones para poder acceder a las subvenciones previstas, deberán presentar una solicitud, y demás documentación complementaria desde las 09:00 horas del día siguiente a su publicación de esta Orden, hasta las 15:00 del día 14 de julio de 2017.
Objeto
Es objeto del programa Gauzatu-Industria, la regulación y convocatoria de ayudas reintegrables, destinadas a impulsar la creación y desarrollo de PYMEs de base tecnológica y/o innovadoras
Entidades beneficiarias
Podrán acceder a estas ayudas las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMEs) que cumplan con la característica de ser PYMEs industriales extractivas, transformadoras, productivas, de servicios técnicos (ligados al producto-proceso) conexos a las anteriores que se consideren de base tecnológica y/o innovadoras. Podrán acceder, igualmente, las empresas matrices de los grupos industriales ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco, que así lo soliciten, siempre que en su conjunto cumplan con las características del párrafo anterior y con la definición del apartado siguiente, teniendo en cuenta su situación económica consolidada.
Inversión susceptible de apoyo
Se considera inversión susceptible de apoyo a efectos del cálculo de las ayudas, la adquisición de activos fijos que se incorporen al activo de la empresa y que cumplan los siguientes requisitos:
Que se trate de alguna de las siguientes categorías, según la definición que, al efecto, establece el Plan General de Contabilidad, recogido en el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, en los epígrafes siguientes:
203. Propiedad Industrial y Patentes.
206. Aplicaciones informáticas.
210. Terrenos y bienes naturales.
211. Construcciones.
212. Instalaciones técnicas.
213. Maquinaria.
214. Utillaje.
215. Otras instalaciones.
217. Equipos para procesos de información.
Que sean utilizados o entren en funcionamiento por primera vez
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